TVN deberá BORRAR GRABACIÓN no consentida de mujer acusada de NO PAGAR ARRIENDO, así lo ordenó la Justicia

La Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó a Televisión Nacional de Chile eliminar cualquier registro de un reportaje periodístico emitido en el matinal Muy Buenos Días, ahora Buenos Días a Todos, en el que se acusó a una mujer de incumplir un contrato de arriendo mediante un video obtenido irregularmente.

Según consta en la sentencia de la Tercera Sala del máximo tribunal, compuesta por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco y los abogados integrantes Álvaro Quintanilla y Pedro Pierry, el registro fue emitido el día 27 de septiembre de 2019 en el espacio de televisión conducido actualmente por Gonzalo Ramírez y Carolina Escobar.

En el escrito, los magistrados consideraron que “no puede desatenderse que la recurrente aduce una supuesta afectación de su derecho a la honra y una pretendida lesión a su privacidad o intimidad”.

Esto, debido a que “en el referido programa se exhibe un video que fue grabado sin su consentimiento, en el que se contienen ofensas imputándoles el incumplimiento de un contrato de arriendo, la retención indebida del mismo, abultadas deudas por servicios básicos impagos y la falta de mantención del inmueble, expresiones que se continúan reproduciendo por el canal de televisión, al mantenerse el programa en las distintas plataformas de internet”.

“Sinvergüenza”, “Cómo puede haber gente tan sinvergüenza, un año sin pagar la luz, ni el agua, cinco meses me debes de arriendo”, “Devuelve la casa”, “¿Qué esperas? ¿Vivir a costillas de los que trabajamos, sinvergüenza?”, son algunas de las frases que se escuchan en las imágenes.

“A juicio de estos sentenciadores las expresiones emitidas por la recurrida, relativas a la calidad que le corresponde a actora y/o a su madre en el cumplimiento del contrato de arrendamiento que a esa fecha vinculaba a la partes, denotan un malestar intenso y un ánimo de reprobación significativo hacia la recurrente, y son abusivas y reprochables”, dice la sentencia.

En el fallo añaden que “la recurrida Katherine Lizama Navarrete ha incurrido en un comportamiento arbitrario e ilegal que vulnera la garantía del artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República, y de la misma manera lo ha hecho Televisión Nacional de Chile, al difundir las imágenes y expresiones ante descritas, por lo que el recurso de protección debe ser acogido en ese acápite, en la forma en que se dirá en la parte resolutiva de eta sentencia”.

Para la determinación, la Tercera Sala de la Corte Suprema consideró diversas Convenciones Internacionales y la Constitución Política de Chile, que en su artículo 19 N° 4 garantiza “El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia”.

Fuente : Biobío

2 thoughts on “TVN deberá BORRAR GRABACIÓN no consentida de mujer acusada de NO PAGAR ARRIENDO, así lo ordenó la Justicia

  1. De que honra hablan, si no paga el lugar donde la tienen viviendo y no se hace cargo de sus gastos, pero para poner abogados que le cobran un ojo de la cara ahí tuvo dinero, cual honra

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