La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sanción aplicada a la Municipalidad de Santiago, en su calidad de sostenedora educacional, tras detectar graves deficiencias en el protocolo de actuación frente a casos de maltrato infantil de connotación sexual en el establecimiento Benjamín Vicuña Mackenna.
En un fallo unánime, la Decimocuarta Sala del tribunal de alzada desestimó el recurso de reclamación presentado por el municipio, ratificando una multa de 10 UTM, equivalente a cerca de $720 mil, a beneficio fiscal, impuesta por la Superintendencia de Educación Metropolitana.
La entidad edilicia había cuestionado la sanción argumentando una supuesta vulneración al debido proceso y una desproporción en el monto de la multa. Sin embargo, los magistrados descartaron dichos planteamientos y respaldaron la actuación del organismo fiscalizador.
De acuerdo con los antecedentes del caso, el municipio realizó correcciones parciales luego de la fiscalización, pero la autoridad educacional constató que persistía una deficiencia relevante: el protocolo no establecía un plazo explícito para la resolución, seguimiento y cierre formal de las denuncias por abusos o agresiones sexuales.
El fallo además estableció que el sostenedor no presentó pruebas que acreditaran haber subsanado la omisión detectada. “No habiéndose aportado por el sostenedor ningún medio verificador que acredite el cumplimiento de la falencia u omisión que se le representó (…), la confirmación del cargo formulado está ajustada a derecho”, señaló el tribunal.
Asimismo, la Corte determinó que la Superintendencia de Educación actuó dentro de sus facultades legales y respetando el procedimiento, garantizando el derecho a defensa de la Municipalidad de Santiago.
Finalmente, los magistrados descartaron una rebaja en el monto de la sanción, por lo que la multa de 10 UTM deberá mantenerse conforme a lo resuelto por la autoridad educacional.
